Art. 3. Permanencia de los estudiantes de primer curso de nuevo ingreso
- Para poder continuar sus estudios en la titulación, el estudiante de primer curso de nuevo ingreso deberá superar al menos una asignatura reglada en cualquiera de las convocatorias oficiales del curso académico, con independencia del carácter con que hubiera cursado la misma.
- A todos los efectos, una asignatura adaptada o convalidada es una asignatura superada.
Art. 6. Continuidad excepcional de los estudios en la misma titulación
- Con carácter extraordinario, la Junta de Facultad o Escuela podrá autorizar, a petición del interesado, la continuación de los estudios a los estudiantes de primer curso de nuevo ingreso que no superen el mínimo indicado en el artículo 1, siempre que se den causa de fuerza mayor suficientemente acreditada que hubiesen afectado a su rendimiento académico.
Contra la Resolución adoptada, el estudiante podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, acompañado de la documentación acreditativa de las circunstancias alegadas.