Reconocimiento de prácticas extracurriculares

Reconocimiento de Prácticas Extracurriculares:

Impreso: [DOCX] [PDF]

Forma de presentación: Registro electrónico.

Normativas:

Descripción:

  • El/la estudiante que esté realizando o vaya a realizar prácticas extracurriculares, no debe matricularse de la asignatura optativa "Prácticas Externas", salvo que lo necesite para cumplir con el mínimo de créditos establecido por las Normas de Matrícula que es de 30 o los que le reste para acabar la carrera, dado que la aplicación de automatrícula le impedirá la finalización de la matrícula.
  • Sólo en estos casos, tendrá derecho a la devolución de los precios públicos correspondientes a esta asignatura o un reajuste de los importes en los distintos plazos que estén pendientes de vencimiento, en caso de haber fraccionado el pago de la matrícula, lo cual aconsejamos para evitar que el/la estudiante tenga que esperar a la devolución por parte del Rectorado.
  • Las prácticas deben estar completamente finalizadas en el momento de solicitar el reconocimiento, salvo que se haya rescindido con anterioridad y se haya cubierto el número de horas mínimas para solicitar dicho reconocimiento (200 horas), que deberá justificarse con el correspondiente impreso de renuncia por parte del estudiante.

Plazo de presentación: En cualquier momento del curso académico

Resolución:

  • La solicitud de reconocimiento de prácticas extracurriculares será resuelta por la Sra. Directora del Centro, previo informe de la Comisión de Prácticas en Empresas e Instituciones del Centro, notificándose la resolución al/a la interesado/a por correo certificado y con acuse de recibo junto con el recibo bancario para efectuar el abono de los precios públicos correspondientes (30% del importe del crédito), siendo el plazo máximo de resolución el establecido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (3 meses).
  • El impago de los citados precios públicos en el plazo indicado en la resolución, se entenderá como una renuncia a los reconocimientos de créditos concedidos, quedando sin efecto, previa notificación.

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